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Este sitio se creó para que ustedes, compañeras y compañeros taxistas. Aquí podrán despejar sus dudas en lo relacionado con el Decreto 1047 del 04 Junio 2014, de igual aquí encontraran como se está trabajando contra la piratería y las aplicaciones ilegales. Así mismo podrás consultar las leyes, decretos, normas, resoluciones, temas de actualidad, propuestas de nuestros compañeros hacia un mejor bienestar. Sobretodo esos compañeros que se encuentran en lugares apartados y cercanos de la capital de la república. Desde aquí les podremos orientar en todas sus inquietudes. Y por su puesto una galería para el humor. HUMOR, claro que sí, Porque la vida hay que tomarla con esa actitud; actitud la cual hará que nuestras vidas por este mundo sea un verdadero paseo, y podamos disfrutarlo a lo máximo.

lunes, 7 de abril de 2014

Beneficios del DECRETO

los Beneficios son innumerables:

ARP SURA   


Es un ejemplo de las empresas en riesgos profesionales mas solidad de Colombia. Pueden echar un vistazo    se lo recomiendo son muchos los Beneficios





Cajas de Compensacion: 





Por favor visiten estas paginas vean  por ustedes mismos de los beneficios que los propietarios nos han Negado durante mucho tiempo


Vacaciones: Las vacaciones de los empleados consisten en el descanso remunerado que debe el empleador al trabajador equivalente a 15 días hábiles o 20 días calendario de vacaciones por cada año de servicio.

LAS BONDADES DE COTIZAR EN ARP


Cuando se trata de problemas de salud, todo tipo de personas acuden en busca de atención médica para subsanar sus dolencias. Con este propósito existen las Empresas Promotoras de Salud (EPS), encargadas de prestar servicio médico.


Sección: Informe Especial – Seguridad Social
Página: 10B

Cuando se trata de problemas de salud, todo tipo de personas acuden en busca de atención médica para subsanar sus dolencias. Con este propósito existen las Empresas Promotoras de Salud (EPS), encargadas de prestar servicio médico.

En cambio, cuando se trata de accidentes de trabajo o de desmejoramiento físico a causa de actividades realizadas durante las jornadas laborales, es necesario tener afiliados a todos los empleados de una empresa, sin excepción alguna, a una Administradora de Riesgos Profesionales (ARP), la cual, por su carácter de aseguradora, cubre los gastos de incapacidad, invalidez o muerte.

Por esta razón, las ARP se convierten en un apoyo para los empleadores a la hora de cubrir los gastos médicos necesarios hasta que el trabajador pueda volver a su puesto de trabajo regular.

Uno de los beneficios, establecido en el artículo 59 del Decreto 1266 de 1994, radica en que las administradoras de riesgos realizan actividades de prevención de accidentes y enfermedades laborales en las compañías afiliadas para educar a los trabajadores en seguridad.

El tipo de capacitación y cotización que tendría cada compañía depende, aparte del factor económico, de la clase de riesgo en la que quede clasificada.

La Tabla de Clases de Riesgo diferencia cinco niveles de peligro en los cuales las ARP se basan para fijar el valor de la cotización, éste va desde el mínimo (inicial o de ingreso), hasta el máximo, representado en ocupaciones con alto nivel de inseguridad como la minería y la construcción.

Sin embargo, el presidente del Consejo Colombiano de Seguridad, Renán Alfonso Rojas, resalta que se está desarrollando un plan nacional de salud ocupacional, es decir, una hoja de ruta que sirva como “marco general donde estén involucrados ARP, empresas, organismos técnicos y el Gobierno”.

Con ésta se busca el fortalecimiento de la cultura de la prevención, entre otros.

Aunque todavía existen vacíos en el marco legal de las ARP, es importante tener siempre presente que “el empleador que no afilie a sus trabajadores al Sistema General de Riesgos Profesionales, además de las sanciones legales, será responsable de las prestaciones que se otorgan en este decreto (1266 de 1994)”.

En palabras de la Dirección General de Riesgos Profesionales del Ministerio de la Protección Social, “uno de los beneficios de los trabajadores al estar afiliados al Sistema General de Riesgos Profesionales, a través de las ARP, es que tienen derecho a prestaciones asistenciales, prestaciones económicas y servicios de prevención”.

El Decreto 1266 de 1994 enumera los servicios prestados por las administradoras, entre los que se encuentran la asistencia quirúrgica y terapéutica, el suministro de medicamentos, rehabilitaciones físicas y profesionales, gastos de traslado que sean necesarios, e incluso la hospitalización.
Las compañías también asumen la responsabilidad de reintegrar al empleado en su puesto luego de haberse cumplido el periodo de incapacidad. En el caso de que el trabajador haya perdido más de 50 por ciento de su capacidad laboral, la ARP le dará una pensión de invalidez.

Se han conocido casos de empresas que por no afiliar a sus empleados han tenido que pagar hasta 900 millones de pesos por accidentes o muertes de trabajadores durante la jornada laboral.

Para evitar grandes pérdidas económicas a causa de los accidentes laborales, es imperativo conocer la reglamentación establecida por el Minprotección.