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domingo, 13 de abril de 2014

Sisben

Conforme a lo señalado en la Ley 100 de 1993 el régimen subsidiado de salud ha sido establecido con el fin de garantizar la cobertura en salud a las personas más pobres y vulnerables, y que por tal no tienen capacidad de pago para afiliarse en el régimen contributivo.
La manera de pertenecer al Régimen subsidiado que se ha establecido por el Gobierno Nacional, es mediante la clasificación que hace la encuesta SISBEN (Sistema de Selección de Beneficiarios), mecanismo técnico e idóneo para determinar si la persona es candidato a hacer parte del régimen subsidiado, y estratificarlo dentro del mismo.  De tal manera, que si aplicada la respectiva encuesta SISBEN al conductor, esta arroja que pertenece efectivamente al régimen subsidiado de salud y lo estratifica en nivel 1, 2 o 3, éste podrá pertenecer a dicho régimen de salud ya que la encuesta determinaría que no tiene la capacidad de pago suficiente para pertenecer al régimen contributivo.

De lo anterior se infiere que  no tendrían derecho a pertenecer al régimen subsidiado de salud, las personas que tengan vínculo laboral vigente, o quienes perciban ingresos o renta suficientes para afiliarse al Régimen Contributivo por percibir como mínimo un ingreso equivalente al salario mínimo legal mensual vigente, quienes estén pensionados, o quienes como beneficiarios de otra persona estén afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud o a cualquiera de los regímenes de excepción.

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