Suscribete

s

domingo, 13 de abril de 2014

Ganaremos más de un Salario

De la adecuada contratación y los derechos que de ella se desprenden, se echan de menos las acreencias laborales; los conductores de los vehículos de servicio público en vehículos taxis, ya perciben hoy una retribución económica por el ejercicio de su actividad, retribución de carácter variable en función de sus propias capacidades, experiencia y la experticia en sus tareas.


Ahora, considerando los dicho por la Sala de Casación Laboral en la sentencia acabada de transcribir, la forma de remuneración acordada con los conductores de taxis no tiene por qué variar:

"(...) Cuando el rendimiento personal, que en concreto depende de las condiciones innatas o adquiridas de cada ser humano, es el factor determinante de la cuantía del salario, como ocurre con quienes devengan exclusivamente comisiones por ventas de mercancías o servicios que ofrece un empresario sin exigírseles una jornada, resulta muy difícil para el legislador fijar una remuneración mínima para cada actividad. En efecto, esa remuneración no puede ser otra que el promedio de lo percibido por todos aquellos que se ocupan en dicha actividad, y determinar tal promedio requiere investigaciones y datos estadísticos completos, que no se conocen todavía.”


Si bien el antecedente refiere al salario mínimo legal y su inaplicación en algunos casos, el mismo sirve en todo caso para fundamentar que no existe una necesaria e imprescindible relación entre las horas trabajadas y el salario devengado.


Así, siendo el acuerdo sobre la remuneración del exclusivo resorte de las partes, el proyecto de Decreto pretende establecer un mínimo sobre el cual deberán realizarse los aportes al sistema de seguridad social integral y reconocerse las acreencias laborales; no puede entenderse como una fijación de salario, la cual como se dijo, es de libre acuerdo entre las partes y podrá corresponder a las condiciones de cada conductor.

0 commentaires: