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Bienvenidos compañeros Taxistas de Colombia este sitio es para vosotros.

Este sitio se creó para que ustedes, compañeras y compañeros taxistas. Aquí podrán despejar sus dudas en lo relacionado con el Decreto 1047 del 04 Junio 2014, de igual aquí encontraran como se está trabajando contra la piratería y las aplicaciones ilegales. Así mismo podrás consultar las leyes, decretos, normas, resoluciones, temas de actualidad, propuestas de nuestros compañeros hacia un mejor bienestar. Sobretodo esos compañeros que se encuentran en lugares apartados y cercanos de la capital de la república. Desde aquí les podremos orientar en todas sus inquietudes. Y por su puesto una galería para el humor. HUMOR, claro que sí, Porque la vida hay que tomarla con esa actitud; actitud la cual hará que nuestras vidas por este mundo sea un verdadero paseo, y podamos disfrutarlo a lo máximo.

viernes, 19 de septiembre de 2014

Riesgos Laborales para los Taxistas ARL

Es un deber de toda empresa en Colombia de velar por quienes integran la cadena productiva de cualquier negocio.


Según las normas de la Constitución Política de Colombia, como también: El Código del trabajo, Ley 100, Decreto 614 de 1984, la resolución 1016 de 1989, el Decreto 1295 y el Decreto 1047;


volcando la mirada en lo referente a los riesgos laborales para los conductores de taxi en Colombia; las empresas, los propietarios, las administradoras de los taxis en Colombia han violado la norma desde hace años y los conductores no han exigido a dichas personas este beneficio. Siendo este beneficio muy importante para la productividad de nuestro trabajo y el de ellos, armonía con nuestros clientes y por su puesto con nuestra familia a la cual es nuestro deber proteger.


Al no cumplirse estas normas el empleador se expone a compensar o reparar a los empleados víctimas de un accidente de trabajo o enfermedad laboral y que demuestren NO haber recibido protección y/o prevención necesaria. El artículo 216 del Código del Trabajo obliga al patrono.


Debemos ser conscientes y no dejarnos  engañar más

Son bastantes las enfermedades derivadas de conducir un taxi por más de 12 horas, las  más visibles son entre otras:

1.     Obesidad. Siendo esta la principal que genera una cadena de enfermedades.

2.     Perdida de visión.

3.     Pérdida auditiva.

4.     Afectación pulmonar. (Para las grandes Capitales)

5.     Diabetes. Primer síntoma cansancio y aumento en el sueño temporal.

6.     Dolor constante en los riñones.

7.     Dolor y desviaciones en la columna vertebral.

8.     Crisis nerviosas. Estas crisis se ven reflejadas en los cambios de comportamientos hacia los usuarios y hacia los demás conductores.

 

No es una enfermedad pero guarda una relación directa con muchas de las anteriores, su porcentaje de injerencia es bastante alto: 

 

 Los accidentes en la vías de la ciudad y en las carreteras. Muchos de ellos son derivados por el cansancio de los conductores, falta de concentración y muchas enfermedades las cuales desconocemos o en muchos casos nos da miedo ir al médico por nuestros síntomas y dolencias, pero debemos dar un paso adelante.

Compañeros el conducir un taxi está clasificado como riesgo V el más alto en el país, nosotros evitaríamos muchos accidentes y perdida de dinero bien sea la de nosotros como para el propietario del vehículo. También evitaríamos muchas pérdidas humanas y accidentes con un resultado nefasto  el de la discapacidad. Sí la discapacidad es quedar para el resto de la vida en una silla de ruedas y dejar que los más próximos hagan todas las cosas por nosotros. Podemos reducir todas estas situaciones del diario vivir teniendo una buena salud ocupacional y esta es brindada por la empresa a la cual trabajamos. En este momento esa responsabilidad la tiene la empresa afiladora de vehículo, la misma que nos expide el tarjetón de control. Es a ella que debemos reclamarle, casa de negación para eso tenemos al ministerio de trabajo y a la Super  Salud para elevar las respectivas quejas de estas anomalías tan típicas en nuestro país Colombia, si unimos esfuerzos y socializamos estos temas, dentro de un futuro no muy lejano todos los conductores de taxi viviremos más felices con nuestros seres a los cuales amamos y adoramos. 

Para los taxistas de Colombia, nuestra labor y profesión es protegida por el código de Trabajo y la ley 100,..... 


El mayor activo de toda empresa lo constituye sus colaboradores bien sean directos o indirectos, independientes o dependientes.


The premise on the primacy of the reality of work relations.

 

The primacy of relations in socially constructing organizational realities

H. Peter Dachler and Dian-Marie Hosking

In: Hosking, D. M., Dachler, H.P., & Gergen, K.J., eds.1995.

 

Management and Organisation: Relational Perspectives. Ashgate/Avebury.

 

A long history is attached to the view that socially constructed and that knowledge is in some sense relational. This position has been discussed, and in varying degrees adopted, in areas of philosophy, sociology and psychology, and is most obviously at the forefront of theoretical traditions such as symbolic interactionism, cognitive sociology, phenomenological sociology, and system theory (e.g. McCall & Simmons, 1978; Cicourel, 1974; Schutz, 1962; Mead. 1934; Berger & Luckman 1966; Garfinkel 1967; von Glaserfeld 1985; Watzawick, Weakland & Fish,1974).

 

A relational view has gone 1argely unconsidered in the literatures of management and organization. These literatures are dominated by a perspective that variously has been characterised as ‘entitative’ (e.g., Hosking & Morley, 1991), as ‘possessive individualism’ (Sampson, 1988) or as ‘realist ontology’ (e.g. Dachler, 1988). The term ‘relational’ means many different things to writers working from different theoretical traditions and practical concerns. In this chapter we work towards an explicit and systematic statement of the central features that need to be addressed in a relational position.

In our view the key issue in any relational approach lies not in matters of content, e.g. competitive vs collaborative relationships, and not in justifying the truth value of propositional statements; the central issue is epistemological. By epistemological we mean to address the following assumptions: the processes by which we come to ask particular questions in the first place (and not others); the processes by which we come to know, and the processes by which we justify claims to reality. What is experienced as real or true depends on (usually implicitly) held assumptions about processes of knowing. In debates about the reality of different knowledge contents many misunderstandings are a result of unreflected taken for granteds with respect to the underlying epistemology.

It is on the basis of epistemological processes that individual and social phenomena obtain ontology, that is, are interpreted as real or as having a particular meaning.

Epistemological principles are discussed to varying degrees in different literatures. For this reason we will make a beginning by summarizing and integrating them. We do so in order to suggest what it may mean to talk about relational processes in the social construction of managerial and organizational realities. In the first part of this chapter we will discuss the epistemological assumptions of the prevailing entitative perspective and those of the alternate relational perspective. This shows the very different understandings of managerial and organizational realities that follow from incommensurate epistemological assumptions. In the second part we illustrate our arguments by showing how diverse epistemological assumptions result in very different understandings of leadership, networking and negotiation.

jueves, 18 de septiembre de 2014

Uber es Ilegal, En el Senado de la República de Colombia, La Ministra de Transportes, La Super......

Uber opera colocando en riesgo la integridad de sus usuarios

En el  Senado de la República de Colombia , La Ministra de Transportes, La Superintendencia de Puerto. y Transportes., Secretaria de Movilidad, Empresas de transportes, Sindicatos, Asociaciones … se pronunciaron sobre Uber:

 " Uber Opera de forma ilegal y está colocando en riesgo a sus usurios en caso se accidente el seguro no tiene ninguna cobertura!"

La Superintendencia de Puertos y transportes y la policía Nacional seguirán haciendo frente conjunta, a la piratería que ha generado Uber con las camionetas de servicio especial. Estas políticas van encaminadas para proteger al usuario en caso de siniestro, el cual no está protegido por la compañía de seguros.


El Senador Andrés García ha manifestado entre otros: "Pero más allá de lo que muchos creen, esta situación no es culpa de Uber o sus homólogas ni tampoco fue planeada por ellos. Los servicios especiales han visto una brecha en el mercado y se encuentran ahora en una encrucijada en la que generan aversión en el gremio transportador, es por esto que la situación requiere una solución inmediata."

El debate recibió el reconocimiento de otros senadores por su pertinencia, ya que responde a una problemática que ha llegado a causar paros y desorden público como respuesta a la entrada de un nuevo competidor al mercado del transporte puerta a puerta, cuya reglamentación no es clara.


Atendiendo la situación que vive la comunidad frente a los nuevos retos que impone la tecnología para los sistemas de transporte, se hicieron partícipes a los representantes de entes gubernamentales y gremios involucrados, contando con la participación de Uldarico Peña, reconocido líder del “taxismo”, Hugo Ospina, Herminzo Bermudez, Luis Jairo Sánchez, Camilo Aparicio como representante de la asociación de conductores de transporte público especial y Gonzalo Araújo como representante de la compañía Über, mientras que por las entidades oficiales asistieron: Natalia Abello, Ministra de Transporte, Juan Durán, Superintendente de Transporte y Constanza García quien es Secretaria de Movilidad de Bogotá.



Para el día se mañana se publicará la decisión de la Ministra de Transportes y el parlamento en conjunto sobre la forma, de ilegalidad, que esta empresa extranjera opera en Colombia. También gracias a varios líderes del sector. En el debate se observa los resultados que dieron a lugar  la posición del gobierno frente a Uber .

El Taxista Tiene Derecho a Riesgos Laborales

Toda empresa sin excepción

 debe velar por la salud y bienestar de sus empleados.


Los taxistas en Colombia somos empleados como conductores.

Es un deber de toda empresa en Colombia de velar por quienes integran la cadena productiva de cualquier negocio.

Según las normas de la Constitución Política de Colombia, como también: El Código del trabajo, Ley 100, Decreto 614 de 1984, la resolución 1016 de 1989, el Decreto 1295 y el Decreto 1047;

haciendo un análisis en lo referente a riesgos profesionales, las empresas, los propietarios, las administradoras de los taxis en Colombia han violado la norma desde hace años y los conductores no hemos exigido a dichas empresas este derecho. Siendo un beneficio muy importante para la productividad de nuestro trabajo, armonía con nuestros clientes y por su puesto con nuestra familia.

Al no cumplirse estas normas el empleador se expone a compensar o reparar a los empleados víctimas de un accidente de trabajo o enfermedad laboral y que demuestren NO haber recibido protección y/o prevención necesaria. El artículo 216 del Código del Trabajo obliga al patrono.

Debemos ser conscientes y no dejarnos  engañar más. Son bastantes las enfermedades derivadas de conducir un taxi por más de 12 horas, las  más visibles son entre otras:

1.     Obesidad. Siendo esta la principal que genera una cadena de enfermedades.

2.     Perdida de visión.

3.     Pérdida auditiva.

4.     Afectación pulmonar. (Para las grandes Capitales)

5.     Diabetes. Primer síntoma cansancio y aumento en el sueño temporal.

6.     Dolor constante en los riñones.

7.     Dolor y desviaciones en la columna vertebral.

8.     Crisis nerviosas. Estas crisis se ven reflejadas en los cambios de comportamientos hacia los usuarios y hacia los demás conductores.

 

No es una enfermedad pero guarda una relación directa con muchas de las anteriores, su porcentaje en injerencia es bastante alto: 

 Los accidentes en la vías de la ciudad y en las carreteras. Muchos de ellos son derivados por el cansancio de los conductores, falta de concentración y muchas enfermedades las cuales desconocemos o en muchos casos nos da miedo ir al médico por nuestros síntomas y dolencias, pero debemos dar un paso adelante.

Compañeros el conducir un taxi está clasificado como riesgo V el más alto en el país, nosotros evitaríamos muchos accidentes y perdida de dinero bien sea la de nosotros como para el propietario del vehículo. 

También evitaríamos muchas pérdidas humanas y accidentes con un resultado nefasto  el de la discapacidad. Sí la discapacidad es quedar para el resto de la vida en una silla de ruedas y dejar que los más próximos hagan todas las cosas por nosotros. 

Podemos reducir todas estas situaciones del diario vivir teniendo una buena salud ocupacional y esta es brindada por la empresa a la cual trabajamos. En este momento esa responsabilidad la tiene la empresa afiladora de vehículo, la misma que nos expide el tarjetón de control. Es a ella que debemos reclamarle, casa de negación para eso tenemos al ministerio de trabajo y a la súper de Salud para elevar las respectivas quejas de estas anomalías tan típicas en nuestro país Colombia quero que si unimos esfuerzos y socializamos estos temas, dentro de un futuro no muy lejano todos los conductores de taxi viviremos más felices con nuestros seres a los cuales amamos y adoramos. 

Para los taxistas de Colombia, nuestra labor y profesión es protegida por el código de Trabajo y la ley 100,..... 

El mayor activo de toda empresa lo constituye sus colaboradores, bien sean: directos o indirectos, independientes o dependientes.


Si en verdad quieres saber más de la realidad sobre las ARL y qué estamos perdiendo como taxistas. 

Según los resultados de un estudio llevado a cabo por el Ministerio de Fomento a este tipo de conductores profesionales, se concluye que presentan un importante incremento de riesgo en determinadas enfermedades si lo comparamos con el resto de la población. Así, los taxistas sufren un 250% más alteraciones en el oído, y un 150% más patologías neumológicas, además de un 125% problemas propios del sedentarismo. Otras patologías de importancia son úlceras estomacales y problemas de sueño (ambas con un 50% más); alteraciones cardiológicas (un 43%), hipertensión (25%) y varices (25%).

Por todo ello, es muy importante tomar las medidas de prevención oportunas. Según los expertos, los principales riesgos laborales a los que están expuestos los taxistas tienen su origen, principalmente, en mantener una misma postura durante largos períodos, en la exposición a las vibraciones (tanto ambientales como las propias del vehículo), en los movimientos repetitivos de manos y brazos necesarios para conducir, en la carga de equipajes y en los reflejos de la luz. A todos ellos hay que añadir además los riesgos de naturaleza psicosocial, como el estrés.

la disfunción eréctil y su relación con la hipertensión

La hipertensión arterial, en sí misma, y los medicamentos con los que se trata son responsables de un elevado porcentaje de problemas de disfunción eréctil. Según un estudio de la Sociedad Española de la Hipertensión, el 53,1% de los varones con problemas de hipertensión arterial que acuden a consulta sufren disfunción eréctil, ya sea por hipertensión en si misma o por los tratamientos utilizados.

La hipertensión arterial es uno de los principales factores de riesgo que pueden provocar la aparición de ateroesclerosis y endurecimiento de arterias. Así, según José Benítez, director médico de Boston Medical Group, “si los pequeños vasos en el pene se estrechan es más difícil para ellos relajarse y llenarse de sangre durante el proceso de erección” desarrollo esencial para conseguir relaciones sexuales plenas.


En algunos casos los pacientes hipertensos notan cambios progresivos en la calidad de la erección y en algunos casos empeoran a partir del inicio de tratamientos con medicamentos antihipertensicos. Esto se debe a que “el pene de los hombres hipertensos necesita de una alta presión sanguínea para poder recibir la cantidad de sangre suficiente requerida en la erección”, explica el Dr. Benitez.

No obstante, el Doctor aconseja que “no se debe tomar la determinación de suspender medicamentos antihipertensivos para mejorar la erección sin consultar al médico, el profesional podrá recomendar otro medicamento farmacológico con el propósito de mejorar la erección”. Un cambio no consultado no solo pondrá en riesgo la vida del paciente, sino que no modificará la calidad de la erección.

¿Conocías esta relación?





Tomado entre otros de:http://salud.facilisimo.com/hipertensionhttp://salud.facilisimo.com/blogs/hombre/dia-del-sexo-la-disfuncion-erectil-y-su-relacion-con-la-hipertension_890922.html

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viernes, 5 de septiembre de 2014

Sí hay contrato de Trabajo con el Conductor de Taxi !


EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE UN TAXI

ES  CONTRATO DE TRABAJO PARA EL TAXISTA 


Segú la ley laboral colombiana (artículo 24 del Código Sustantivo del Trabajo) existe un principio denominado: De la primacía de la realidad sobre las formalidades. 

LOS CONDUCTORES(AS) DE TAXI EN COLOMBIA

Cada día, los taxistas salen con la ilusión se poder salir adelante con sus familias para brindarles un mejor futuro y que sus hijos no vivan las injusticias, en las cuales ellos se vieron avocados a vivir dentro del gremio del transporte público. Cuantas enfermedades hemos sufrido por nuestra labor de estar sentados por más de 12 horas a volante, aspirar el contaminado aire que dejan los buses, busetas, camiones tractomulas y los articulados, sumando el strés de los trancones actuales de nuestra maltratada Bogotá y no olvidemos a nuestros compañeros fallecidos o discapacitados el el buen uso de nuestra labor de servicio público?


¿Cuáles son esas injusticias? 

Son muy evidentes; trabajar para una persona propietaria de un vehículo por decenios y no tener ninguna protección laboral, personal ni familiar. 
Debemos recalmar nuestros de trabajador adquiridos desde hace años, sí, nuestro derecho a una buena cobertura de salud integral, salud ocupacional, caja de compensacion, una pensión digna, derecho a obtener vivienda como todos los colombanos, a ser tenidos encuenta en el sector financiero y el derecho a un reconocimiento de nuestra profeción.

En palabras de la Corte Suprema de Justicia:

“Cabe advertir que conforme lo establece el artículo 53 de la Carta Fundamental, el principio de la prevalencia de la realidad sobre las formalidades establecidas por los sujetos de la relación laboral, implica como lo ha sostenido esta Corporación, un reconocimiento a la desigualdad existente entre trabajadores y empleadores, así como a la necesidad de garantizar los derechos de aquellos, sin que puedan verse afectados o desmejorados en sus condiciones por las simples formalidades.” (Sentencia de la CSJ Laboral del 1º de julio de 2009 Rad. 30437)

Este principio, respecto al servicio que ofrecen los choferes de taxi (y que también aplicaría para el servicio de un bus de servicio urbano), dispone que de acreditarse la prestación personal del servicio del taxista (chofer), esta relación estará regida por un contrato laboral, lo que significa que si un empleador constituye un contrato civil o comercial (arrendamiento o afiliación) con el objetivo de encubrir una relación laboral y si se demuestra que en realidad se está ante una relación laboral, esta prevalecerá.

La Corte Suprema de Justicia, Sala Laboral, mediante la Sentencia 39259 del 17 de abril del 2013, basándose en dicho principio estableció que existe la posibilidad de que un chofer de un taxi (aplica igual para un chofer de un bus de servicio urbano) tenga derecho a que se le reconozca todas las prestaciones laborales como primas y cesantías, pago de seguridad social, indemnizaciones, vacaciones y demás derechos que consagradas por la ley, siempre y cuando se evidencien en la relación que lleva con el propietario del vehículo las siguientes características:

1. Que el taxista realice una actividad laboral personal

Es decir que en la prestación de servicio que sostenga con el propietario y/o la empresa que afilia exista una dependencia y no haya autonomía del taxista, que no le sea permitido al taxista comisionar a otra persona para que recoja el taxi, lo entregue o que realice un turno por él.

Esta actividad personal según la Corte Suprema de Justicia corresponde desvirtuarla al empleador y para hacerlo no basta con que exponga el contrato comercial o civil firmado, expresa:  

“El empleador, para desvirtuar la presunción, debe acreditar ante el juez que en verdad lo que existe es un contrato civil o comercial y la prestación de servicios no regidos por las normas de trabajo, sin que para ese efecto probatorio sea suficiente la sola exhibición del contrato correspondiente” (…)

“independientemente del contrato o negocio jurídico que de origen a la prestación del servicio, (que es en realidad a lo que se refiere la norma cuando alude  a la relación de trabajo personal), la efectiva prueba de esa actividad laboral dará lugar a que surja la presunción legal.

Por esa razón, como con acierto lo argumenta el recurrente, en ningún caso quien presta un servicio está obligado a probar que lo hizo bajo continuada dependencia y subordinación para que la relación surgida pueda entenderse gobernada por un contrato de trabajo.” (Sentencia de la CSJ Laboral del 1º de julio de 2009 Rad. 30437)

2. Que exista una subordinación del chofer con el propietario del vehículo o la empresa de servicios de taxis  

Esta subordinación consiste en que el taxista reciba ordenes e instrucciones, tales como la obligación de entregar el carro tanqueado y lavado, regaños, se le establezcan horarios de entrega del vehículo, entre otros actos que no permitan la libertad de ejercicio de la actividad realizada por el taxista.

Es posible además, que de la demostración de la actividad personal se  deduzca la subordinación jurídica y además igual que la actividad personal es deber del empleador probar su inexistencia para evitar su configuración, expresa la CSJ:

“Primeramente cabe recordar, que para la configuración del contrato de trabajo se requiere que en la actuación procesal esté demostrada la actividad personal del trabajador a favor de la parte demandada, y en lo que respecta a la continuada subordinación jurídica, que es el elemento característico y diferenciador de toda relación de trabajo, no es menester su acreditación con la producción de la prueba apta, cuando se encuentra evidenciada esa prestación personal del servicio, ya que en este evento lo pertinente, es hacer uso de la presunción legal prevista en el citado CST Art. 24” (Sentencia de la CSJ Laboral del 1º de julio de 2009 Rad. 30437).

3. Que el taxista reciba una contraprestación por sus servicios

Significa que el taxista por el servicio prestado reciba un salario, que puede ser mensual, quincenal, diario,  o aun cuando se trate del pago de una suma de dinero que quede después de la entregar la suma acordada al propietario o empresa de servicio de taxis, pues según la Corte Suprema de Justicia Sala Laboral, es posible pactar el salario por destajo (se pacta pagar un determinado valor por cada unidad producida), expone:

“(…) Precisando que ello está acorde con lo dispuesto en el CST Art. 27 de que todo trabajo dependiente debe ser remunerado, y el Art. 132 del mismo estatuto sobre la libertad que tienen las partes de pactar la modalidad de salario para el caso la de destajo, “imponiéndose como límite el trueque salvo los eventos del Art. 136 del Código Sustantivo del Trabajo”. Agregó que “Si el producido diario que recoge el conductor va a formar parte de su salario, el que lo tome él directamente o le sea entregado por el propietario no desdibuja la retribución económica que implica”. (Corte Suprema de Justicia Sala Laboral mediante la  Sentencia 39259, del 17 de abril del 2013).

Son responsables tanto la empresa de servicios de taxis como el propietario del vehículo

Por último, tal como anota en la precitada sentencia de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, el responsable en el caso de demostrarse un contrato laboral son tanto la empresa afiladora como el propietario del taxi, pues existe solidaridad entre ellos, solidaridad aplicada por analogía de una ley laboral, a saber:

“ (…) la presunción legal específica en comento, la hizo derivar de lo preceptuado en la L. 15/1959 Art. 15, de cuyo texto coligió que dicha normativa no solo presume que la vinculación laboral del conductor se hizo “con la empresa respectiva”, sino que también “determina la solidaridad entre ésta y el propietario del vehículo”, lo cual por demás está acorde con el texto normativo, que establece una presunción legal iuris tantum que admite prueba en contrario, respecto de las empresas que tienen afiliados a los vehículos de transporte público, y como lo dijo la Colegiatura adicionalmente prevé que dichas empresas junto con los propietarios de los automotores son los responsables “para efectos del pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones”. (Corte Suprema de Justicia Sala Laboral mediante la  Sentencia 39259, del 17 de abril del 2013).


(Tomado de actualícese.com)

domingo, 24 de agosto de 2014

Taxistas de Colombia en duelo



La mancha amarilla de luto.

Bogotá, jamundí y Pereira

Lágrimas, rabia y dolor se conjugaron en esta madrugada; un amanecer deduelo para una familia del gremio de taxistas.


En este lugar del barrio San Pablo de la Localidad de Rafael Uribe en la ciudad de Bogotá, quedó nuestro compañero a la merced de unos asesinos en la madrugada del día de hoy 24 de agosto 2014.
Este lamentable hecho enluta una vez más a una familia del gremio de la ola amarilla en Bogotá y de toda Colombia.

Hasta cuando por miserables $100.000 o por mucho $150.000 pesos le quitan la vida a una persona que está prestando un servicio a la comunidad de llevarles a un destino, no es justo. Lo paradojico de este caso el conductor empezaba su jornada de trabajo, razo+ón por la cual no tenía dinero.

El crimen de nuestro compañero José Antonio Vargas de 72 años de edad, padre de cinco hijos los cuales quedaron desamparados, 10 años en la profeción y afiliado a la empresa de Auto Taxi Ejecutivo, había obedecido a un asalto pero lo cierto es que fue ultimado con un disparo en la cabeza.

El dirigente del gremio de los taxistas Hugo Ospina pidió a las autoridades mayor vigilancia en este sector de la capital de la república, puesto que allí es un sector muy sensible para esta clase de hechos. y resaltó los logros que se han obtenido a lo largo de este año en materia de seguridad y sobretodo en las noches hacia nuestro gremio.

También insto a la ciudadanía para que colaboraran en dar información a las autoridades para poder esclarecer lo más rápido este caso.

El coronel encargado del caso pidió a la ciudadanía una colaboración para poder encontrar a los responsables de este hecho delictivo.


De igual manera le pedimos muy respetuosamente a nuestro alcalde Gustavo Petro que por favor firme el aumento de las tarifas para poder pagar nuestra seguridad social completa y de esta manera poder tener un seguro de vida que el cual está estipulado en el Decreto 1047 del 04 de junio 2014. este decreto fue elaborado entre otros para darle una protección a las familias de nuestros compañeros fallecidos en casos como este.

Cabe recordar que el decreto 1047 debió haberse firmado desde principios del mes de enero del 2014, pero esto no fue posible por personas que desean seguir violando los derechos fundamentales de los conductores de taxi en Colombia y hoy todavía esas personas están desprotegidas sin ninguna cobertura social. Es muy lamentable que para el taxi solamente estén asegurados solamente los pasajeros y los peatones y en ningún momento el conductor del vehículo, que ironías que tiene la vida.


Jamundí (Valle de Cauca)


Hoy domingo 24 de agosto fue encontrado el conductor muerto del Taxi que estaba siendo buscado por sus compañeros en Jamundí
Sr. José David Tovar Rengifo de 32 años con 10 años de experiencia en el Gremio. Conducía el vehículo de Placas TMO 658 de Jamundí, desde las 7 de la noche estaba desaparecido cuando recogió una carrera en el parque de los Cholados de Jamundí, el alcanzó a pedir ayuda por el radio teléfono pero no lo encontraban, hasta está mañana del Domingo en el Caserío de Morgan sector del Hormiguero (Valle del Cauca) con un impacto de bala en la cabeza. Tenía esposa y una Hija de 5 años de edad, conocido por sus colegas como un buen compañero y persona. La Policía desplegó para esa zona al grupo de Detectives de la SIPOL y SIJIN para aclarecer y dar con la captura de los asesinos.

El vehiculo abandonado en plena naturaleza


También se activó el Plan Recompensa de 10 Millones de pesos por información que ayude a la captura de los asesinos, esta estrategia ha dado muy buenos resultados para la captura de varios Asesinos de Taxistas en Cali.
Paz en la Tumba de nuestro colega de La Mancha Amarilla de Jamundí y Fortaleza para su Familia, que Dios todopoderoso llene de Bendiciones a su Hija y Esposa para salir adelante en la vida. Amén.




Pereira, corazón del eje cafetero.



...TAMBIÉN EN PEREIRA!!!


A eso de las 2 de la mañana fue asesinado el compañero Ezequiel, conductor del A231 en el barrio Patiño Amariles de Frayles. Informes preliminares de la policía hablan que no fue atraco...
los compañeros dicen lo contrario!

La muerte del compañero se suma a los dos casos de homicidio de igual número de taxistas ocurridos en la madrugada de ayer domingo en Jamundí y Bogotá.



Nuestra solidaridad con su familia.

Editado por: La Hora Amarilla


jueves, 21 de agosto de 2014

El cambio social de los Taxistas

El pago de la seguridad social un deber de todos

miércoles, 23 de julio de 2014

Falencias en servicio de Taxi en Bogota

Razones del mal servicio de Taxis en Bogotá 



Son múltiples las razones, y las vamos a enumerar poco a poco y una por una. Duela, a quien le duela, pero la verdad es una sola y si queremos un verdadero cambio, bebemos aceptar nuestros errores para poder dar un verdadero paso.

La prestación de un buen servicio, hacia nuestros capitalinos y visitantes de todas las regiones de nuestro globo. Sí, decimos globo, porque la era de la globalización para muchos nos llegó y jamás nos preparamos para ser sostenibles y sacarle la mejor partida tanto para nuestro gremio como para nuestros usuarios, los usuarios son la razón  de existir de los amarilitos.



Uldarico con su grupo económico en Bogotá, otras empresas para las cuales el negocio es tan rentable, desviaron su fin: el de garantizar la prestación de un servicio publico por una meramente comercial  y lo mismo en otras capitales de nuestra hermosa Colombia. Eso es lo que verdaderamente tienen en ascuas el gremio, los conductores de taxi en pleno siglo XXI, sin una verdadera cobertura social,  Esa maquinaría está afectando a los usuarios de taxi en Colombia. Ha dividido a los gremios los ha puesto en contra. Mientras ellos hacen lo suyo y la opinión publica, como el gobierno centrados en las cortinas de humo. ¡Ahhhhh  que tal!

Clases de Falencias


Para comprender mejor estas falencias vamos a dividirlas en: Falencias Externas y Falencias Internas.

En las Falencias externas del servicio público individual “Taxi”, tenemos en su gran mayoría actores estatales que al paso de los años han permitido que esta situación sea un verdadero caos.

En las Falencias  internas del servicio público individual “Taxi”, tenemos un  actor principal como responsable; las empresas habilitadas para operar. Segundo actor: los propietarios de los vehículos afiliados a estas empresas. Tercer actor: los conductores de taxi y el cuarto; que es el más importante de todos: el usuario o pasajero de taxi, gracias a ellos y al manejo de las redes sociales se ha colocado en la red evidencia de muchos atropellos. Pero los más gratificante los conductores de taxi también han mostrado el lado amable. 

Falencias Externas

Inseguridad: 


Es de reconocer la gran labor, de la Policía Nacional en materia de seguridad y movilización para con la capital de la república, pero falta mucho más. La dirección de la policía Nacional manifiesta que no hay recursos para aumentar el pie de fuerza y su infraestructura. Deberían solicitar ayuda financiera, por ejemplo al F.M.I. La falta de autoridad de la policía de seguridad, permite que el 70% de los vehículos que transitan en la capital de la república cometan infracciones al código, sin ningún reparo, aludiendo que ellos no están en capacidad jurídica para imponer comparendos. Sí, esta situación cambiara; la movilidad en Bogotá mejoraría aproximadamente en 65% y a su vez tendríamos menos conflictos en materia de tolerancia. Cuando se organizan los sistemas, detectaremos fácilmente los focos de inseguridad en pro de todos los ciudadanos que habitan y nos visitan en la capital de la república.
Todavía, los amigos de lo ajeno, siguen atracando a los taxistas mismo, en horas del día. Por ese motivo antes de subirse una persona a un Taxi la pregunta de: "adónde va?" es muy importante, eso nos permite hacer una lectura psicológica general del usuario, (Nosotros nunca sabemos a quién estamos llevando, desde un ángel hasta el diablo más diablo de este mundo).

Trancones:

Descuido en la infraestructura vial de la capital, su retraso de más de 40 años. En muchos sectores de la Capital sus calles se encuentran bastante descuidadas y el hecho de ingresar , pasar por esas calles causan daños a nuestro automotor y los usuarios dicen: "fresco que es de SERVICIO PÜBLICO" .




Persecucion Policial a los conductores de Taxi:

Este factor repercute en la vida de conductor de Taxi en Bogota ( La policia en la mayoria de las ocaciones al impartir un comparendo nos dice: Frescos ustedes  pueden pagar facilmente, aumenten $ 500, o $ 1000 pesos a cada carrera y YA!". La Policia y la ciudadania no es conciente que estamos es : prestando un servicio a una comunidad y hay reglamentaciones que la policia le importa poco. Solo las hace cumplir o punir cuando ellos les dá la gana.


Tarifa muy económica: 

Bogotá tiene las tarifas más económicas de las principales ciudades, capitales de Colombia y paradójicamente, Bogotá tiene un costo de vida muy elevado. 

¡Por que se presenta esta dispariedad?

Descuido principalmente por parte de las empresas afiladoras en Bogotá y los famosos intermediarios "flotilleros", los anteriores nunca habían solicitado participación  en las mesas de trabajo con la secretaria de Movilidad.
Gracias a varias asociaciones y sindicatos de Bogotá, nos hemos dado cuenta que la secretaría estaba cometiendo detrimento patrimonial en la estructura de costos para la tarifa desde hace muchos años. 

Desde febrero 2014 se empezó a trabajar conjuntamente para elaborar unas tarifas más ajustadas a la realidad. Todo esto garantizaría que los actores más débiles “el conductor” realicen su trabajo y pueda vivir con dignidad.

Hay un factor que va en contra del servicio; el precio sin control del cupo, hoy está en $ 100'000.000,00  Nadie lo está controlando: "las tarifas de servicio publico deben ser reguladas por el consejo de Bogotá", que descuido tan grande ahhhhhhh.


Esto sí, sería, un verdadero equilibrio de vida Social hacia el gremio de los amarillitos.

Falencias Internas


Las Empresas afiliadoras operan con miedo

Las empresas afiladoras para operar el servicio público individual "taxi" no cumplen los parámetros de ley para lo cual fueron habilitadas, ni mucho menos hacen cumplir la ley del estatuto nacional de tránsito, por miedo a perder sus afiliados. a este temor se le suma el desorden en el gremio de taxi. 

Un ejemplo muy sencillo: hay una normativa para los distintivos y avisos en el vehículo de servicio público tipo "taxi", dichas empresas muy pocas veces hacen los controles necesarios. Razón por la cual han nacido unas comunidades dentro del gremio que han desvirtuado el servicio público de taxi. También por falta de controles de seguridad y normatividad los conductores adquieren prácticas que ponen en riesgo su vida y la de los usuarios.


Les explicaremos: ¡hay conductores que colocan el extintor en la parte trasera del taxi; en caso de colisión a más de 80 Kilómetros por hora el extintor pasa automáticamente como proyectil!.

Sillas de ruedas en vehículos no aptos para tal fin.
Calcamonías de figuras o personajes.
Banda blanca y negra al rededor del taxi.
Colección de calcamonías en la parte trasera.
El taxi como medio de publicidad.
El logotipo de la empresa y ni se ve.
Distorsión de la placa refectiva lateral.

Esto refleja la verdadera falta autoridad que tiene la empresa afiliadora hacia los conductores y propietarios; para garantizar el buen servicio estas situaciones deben cambiar.

La ley dice:

 Principios del transporte público

"El transporte público es una industria encaminada a garantizar la movilización de personas o cosas por medio de vehículos apropiados a cada una de las infraestructuras del sector, en condiciones de libertad de acceso, calidad y seguridad de los usuarios".

Los propietarios de los taxis sin responsabilidad social ni fiscal.


Al parecer las flotillas de taxi desconocen el verdadero valor y función de los amarillitos para la ciudadanía. Solo lo ven como negocio. Ellos son los responsables del precio tan elevado del cupo. 

Este sobrecosto generado como subasta, recae directamente en el precio del servicio de taxi y por supuesto en la calidad del mismo.

Las flotillas con sus prácticas monopolísticas u oligopolísticas permiten que cualquier persona conduzca un taxi, sus conductores no tienen derecho a descansar, tomar vacaciones, tomar una incapacidad, pedir licencia de maternidad o calamidad familiar, etc… Todas estas situaciones y otras más, si se llegaren a presentar, ellos amenazan al conductor con la pérdida de su trabajo y de sus ahorros, que, por lo general ascienden a más de un millón de pesos. 

Los conductores sin una verdadrea formación

Cuando se presenta un problema eres parte  de la solución o del problema. Por lo tanto a mis compañeros les pido que también se pongan la mano en el corazón. 

El verdadero cambio se realiza con la aceptación del problema y que nosotros somos parte de él y debemos cambiar muchas conductas. 


Cultura ciudadana:

 La NO reglamentación de zonas amarillas genera muchas discusiones entre los usuarios y los conductores




" UBER " Se va de Colombia

Uber ha empacar maletas se dijo!

Es el pronunciamiento del gobierno nacional.


Este es el resultado de la Lucha conjunta de todas las agremiaciones de taxis en Colombia.


Aquí está la copia de la circular emitida por el Ministerio de Transporte, dirección de tránsito y transporte a cargo de la Doctora Ayda Lucy Ospina Arias. En respuesta a una petición formal elevada por uno de los líderes más representativos del gremio de taxistas en Colombia; Hugo Ospina, Erminzo Bermúdez.

Fue el pronunciamiento del señor Hugo Ospina, en una declaración a los medios.

" Fue con la LEY en la mano que logramos sacar a Uber del territorio Colombiano "

" Es con las normas que nos dio la misma constitución y nuestras normas que se pudo triunfar ,y gracias por el apoyo de todos los lideres de nuestro país que apoyaron el paro Nal de taxistas del día 30 julio . como nuestro presidente cumplió, nosotros también. Ya NO HAY PARO! "

El uso de las plataformas tecnológicas está totalmente prohibido, para la Superintendencia de puertos y transporte, las Empresas de Servicio Especial no pueden prestar el servicio como individual. Sopena de inmovilización y pérdida del vehículo en infracción.
Fue el pronunciamiento del señor Hugo Ospina, en una declaración a los medios.


De igual forma todo esto es fruto de las protestas promulgadas en todo el territorio nacional. Sin desconocer La Mancha  Amarilla, liderada por  Johnny Rangel en la ciudad de Cali,  Edelberto Ríos Ocampo entre otros.

Tambien Asopoder Amarillo, Pereira en cabeza de Olger Ceballos, y con su programa: 
"LA HORA AMARILLA"
Inicialmente, los miércoles de 5 a 6 de la tarde por los 1270 AM de Colmundo Radio Pereira.









Subject: CIRCULAR CONTINUIDAD A LOS CONTROLES AL TRANSPORTE INFORMAL 

Date: Tue, 22 Jul 2014 18:40:20 +0000

Buenas tardes, me permito anexar circular Asunto DAR CONTINUIDAD A LOS CONTROLES AL TRANSPORTE INFORMAL

Bogotá,  21-07-2014                                                                                                              

Señores
AUTORIDADES LOCALES DE TRANSPORTE
DIRECCION NACIONAL DE TRANSITO Y TRANSPORTE

Asunto: DAR CONTINUIDAD A LOS CONTROLES AL TRANSPORTE INFORMAL

Respetados Mandatarios y Representantes legales:

Dando cumplimiento a las instrucciones impartidas por la Señora Ministra y el Señor Viceministro de Transporte y de acuerdo con las funciones asumidas por esta Dirección, establecidas en el Decreto 087 de 2010, especialmente lo establecido en el artículo 14 numeral 14.3, a continuación indico lo siguiente:

  1. Se les reitera la obligación de ejercer control permanente al servicio irregular o ilegal del transporte.

  1. Se les recuerda que deben dar cumplimiento a las circulares emitidas y publicadas en la página web del Ministerio de Transporte, tales como:

20134000074321 del 28 de febrero de 2013
20134200330511 del 12 de septiembre de 2013
20144000000781 del 03 de enero de 2014
20144000135701 del 06 de mayo de 2014

  1. De otro lado, se invita a todas las autoridades a conocer la Circular Externa No. 00000013 del 09 de julio de 2014 de la Superintendencia de Puertos y Transporte, enviada a las Empresas de Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de Pasajeros por Carretera y Especial, donde es claro en señalar que las Empresas de Servicio Especial no pueden, escudarse en el uso de plataformas tecnológicas, para prestar el servicio individual de pasajeros. Circular que se  adjunta, y se les conmina a hacerla cumplir.

Cordialmente,




AYDA LUCY OSPINA ARIAS        
Directora de Transporte y Tránsito
                                              

Anexo:                 20134000074321 del 28 de febrero de 2013
20134200330511 del 12 de septiembre de 2013
20144000000781 del 03 de enero de 2014
20144000135701 del 06 de mayo de 2014
00000013 del 09 de julio de 2014


AYDA LUCY OSPINA ARIAS
Directora de Transporte y Tránsito
Ministerio de Transporte
Tel. 3240800 ext. 1543
Av. El Dorado CAN – Transversal 45 No. 47 – 14
Bogotá, Colombia


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